Por Elizabeth Moretti y Luis Cuello

En un nuevo paso hacia la obligación de la vacunación contra Covid-19, el martes 7 del corriente mes, el diputado provincial salteño Daniel Sansone, que ocupa su cargo por el frente del oficialismo provincial Salta Tiene Futuro,  presentó un Proyecto de Ley sobre la “Obligatoriedad de la Vacuna Covid-19 para personal del Estado” y donde además se pretende que los “Estatales No Vacunados” no vayan a trabajar y dejen de percibir sus haberes.

El proyecto establece “la obligatoriedad de la vacunación contra COVID-19 para todo el personal del Estado Provincial, incluyendo Poder Ejecutivo, personal de la administración pública provincial, entidades autárquicas, organismos centralizados y descentralizados, empresas y sociedades del estado…”.

Mientras que en el artículo 4, sostiene que: “El personal… que no acredite haber recibido una dosis de cualquiera de las vacunas contra Covid-19, salvo expresa justificación médica, no podrá asistir a prestar servicios a su lugar de trabajo, siendo su inasistencia injustificada, con la correspondiente pérdida de remuneración por día no trabajado”.

Frente a esto conocemos que se presento un petitorio a la Cámara de Diputados, dirigida al Presidente de la misma, Esteban Amat, con más de 800 firmas solicitando suspender el tratamiento en el recinto del mencionado proyecto. Y  estaba llamada una manifestación de repudio.

Sostenían en dicho petitorio que: “El pretendido proyecto de Ley presentado por el Diputado Sansone, desacredita la función Legislativa, y es violatorio de las libertades fundamentales y derechos humanos establecidos tanto en nuestra Constitución Nacional como así también, contradice abundante legislación: Pacto San José de Costa Rica – 1969- Arts. 1,4 y 5, Declaración Universal de Bioética y Derechos Humanos de la Unesco – 2005,  Declaración de Helsinki -1964,  Código de Nüremberg -1947,  Declaración de Ginebra – 1948,  Pacto Internacional de Derechos Sociales y Económicos, Arts. 2 y 5, Constitución de la Nación Argentina, Arts. 19, 28, 29, 33, Código Civil y Comercial de la Nación Arts. 51, 52, 55, 56, 58, 59 y 1757, Ley N° 27.491, Ley N° 27.573 y Ley N° 26.529 Arts. 2, 5 y 21” (nos referiremos a posteriori sobre algunos de estas normas señaladas).

Pero el proyecto del diputado Sansone, no es un rayo en el cielo estrellado, sino parte de una política que intentan llevar adelante los gobiernos nacional y provinciales. No es casual que junto al proyecto en cuestión exista un llamamiento a que la Nación tome las mismas medidas. Y en consonancia con el gobierno jujeño que estableció una legislación similar a esta hace algunas semanas.  Aclaremos además, que tanto Salta como Jujuy tienen una muy alta tasa de empleo estatal, incluso, en el caso de Jujuy, muy por encima del empleo registrado privado (en 2017, 135 trabajadores estatales por cada 100 privados registrados), al mismo tiempo que es el sector que más crecimiento muestra (podés ver los datos hasta 2017 en este enlace: https://libertad.org.ar/web/wp-content/uploads/2019/10/Empleo-Publico-Provincial-vs-privado.pdf).

Resulta demás “sospechoso” que dos gobiernos (ubicados en los dos lados “opuestos” de la grieta) adopten medidas de este tipo en “defensa de la salud” cuando promueven la destrucción de la naturaleza por medio de desmontes y megamineria, cuando no han aumentado sus presupuestos de salud, cuando ni siquiera son capaces de abastecer agua potable a muchos de sus pobladores, cuando realizan como el gobiernos de Salta “experimentos” con niños pobres wichis (ver Pobres y hambrientos, laboratorio a cielo abierto: el experimento que hicieron con niños wichi – Borrador Definitivo) o cuando no son capaces de asegurar una salud (deteniendo incluso a una medica por practicar un aborto terapéutico legal!!!) y educación digna a sus pueblos ( la huelga de docentes en Salta lo atestigua).

A Dios rogando y con la masa dando…

En estas medidas alejadas de cualquier evidencia científica y de criterio de salud parece aplicarse fielmente este viejo dicho. Pero lo que es peor es quizás que sectores de la población, aun de los que se auto titulan  “progresistas” sostienen medidas como estas en nombre de la “salud”.

Estas medidas son coercitivas y atentan contra las libertades democráticas y deben ser categóricamente rechazadas. Sería necesario que los partidos políticos (en especial los de izquierda), los sindicatos que no son socios de los gobiernos, las organizaciones feministas, ecologistas y de derechos humanos. Y en especial debemos ser los trabajadores los que rechacemos estas medidas, que además poco ayudan a “pelear” contra la pandemia.

Hemos reproducido en nuestras páginas testimonios y entrevistas y notas de científicos e investigadores (no terraplanistas por cierto) que han criticado las medidas de los estados, la falta y falsa información y la necesidad de un debate amplio al respecto. En muchos de los casos esas voces han sido ninguneadas cuando no directamente censuradas. Seguiremos reproduciendo esas voces críticas,  autorizadas en cada caso por sus trayectorias. Y también desarrollaremos con mayor profundidad este tema del “pasaporte sanitario” por asi decirlo.

Pero sucintamente queremos acá señalar algunas de las razones de por qué hay que rechazar estas medidas:

  • En primer lugar porque dicha resolución se aplica para vacunas que  técnicamente NO ESTÁN APROBADAS sino “autorizadas de emergencia”, quiere decir que se evaluaron los resultados parciales de la fase 3, pero aún siguen en experimentación (en la población en general, aunque los vacunados no hayan sido informados de esto). Más aun los ensayos clínicos terminan en 2022/2023. Pero esto no es un invento de anti vacunas como quizás se nos acuse. Es el propio Ministerio de Salud de la Nación quien diceen uso del art. 8 de la Ley 27.573, éste presenta a la ANMAT el pedido de recomendación. Esta entidad, actuando en el marco de sus competencias, le recomienda al Ministerio de Salud de la Nación proceder a otorgar la autorización de emergencia.”
  • En segundo lugar. Ninguna “Vacuna Covid” garantiza que no te contagies, ni que no contagies a otra persona, ni se ha demostrado categóricamente que disminuyan el riesgo de hospitalización y muerte. Faltan datos al respecto. Todo en general se presenta como informes de la prensa pero lo que está ausente son los informes y explicaciones oficiales al respecto y cuando los hay son informes sesgados de los propios laboratorios lo cual ha supuesto a los largo de la pandemia una manipulación de datos denunciada por muchos científicos e investigadores. Más aun: el propio Ministerio en su página oficial dice textual: “¿La vacunación contra la COVID-19 tiene como objetivo frenar la pandemia?. No. La vacuna es una herramienta de prevención dirigida a reducir las formas graves y complicaciones del COVID-19. El impacto en la circulación viral y la interrupción de la transmisión requiere de la realización de estudios que lo demuestren”. A lo cual agrega: “Es demasiado pronto para saber cuánto durará la protección conferida por las vacunas, y si será o no a largo plazo. Esto dependerá de varios factores (ej. la edad de la persona vacunada, enfermedades subyacentes, estado inmunitario y variabilidad del virus)”. De ahí que son innumerables los investigadores y médicos que advierten que las vacuna Covid al no cortar la circulación del virus, de por si no otorgarán inmunidad de rebaño. Regla de tres simple.
  • En tercer lugar la irresponsabilidad y manejo de datos es atroz. Pero son los mismos responsables que lo certifican. “¿En qué medida la vacunación reduce la posibilidad de internación en terapia intensiva? De las bases de datos que el Ministerio de Salud actualiza diariamente en su repositorio no es posible determinarlo, ya que el registro de muertos y vacunados se descarga por separado y no es posible identificar a un fallecido con su correspondiente dato de vacunación para saber si recibió o no al menos una dosis.” Otra vez los datos.  (COVID-19: por qué Argentina sigue teniendo 400 muertos en promedio por día, pese al avance de la vacunación – Infobae).
  • En cuarto lugar, este negocio de las vacunas es tan turbio que en noviembre de 2020 se sancionó en Argentina una ley por presión de los laboratorios, que les otorgó inmunidad legal y confidencialidad de los componentes de las mismas. Es decir que no tendrán que hacerse responsables por efectos adversos o muertes generadas por las “Vacunas Covid”, que se dijo anteriormente, siguen siendo experimentales. A esto se agregó ahora el decreto “Pfizer”.
  • Por último, queremos hacer conocer las resoluciones de encuentros, congresos donde países y científicos trataron el tema de cómo tratar con los medicamentos experimentales como es el caso de las vacunas. Dicho sea de paso las primeras declaraciones al respecto tuvieron que ver con una respuesta a lo que fue la experimentación durante el nazismo de “métodos” y medicamentos no solo a “pacientes”  sino a personas segregadas por el régimen. De ahí las primeras declaraciones al respecto como las de Núremberg de 1947. Pondremos por razones de espacio solo algunas y gustosamente enviaremos a los lectores que nos soliciten toda la información, que además es pública.

Juramento de Hipócrates (-460 // 377): «No daré veneno a nadie, si me lo piden, ni tomaré la iniciativa de tal sugerencia».

Código de Nüremberg (1947): «El consentimiento del sujeto humano es absolutamente esencial. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos retomó esta prohibición contra la experimentación involuntaria, en su texto de 1966, que establece: nadie puede ser sometido sin su consentimiento a un experimento médico o científico.”

Declaración de Helsinki (1996) firmada por 45 países: Artículo 25: «La participación de personas capaces de dar su consentimiento informado a la investigación médica debe ser un acto voluntario. Ninguna persona capaz de dar su consentimiento informado puede participar en un registro sin dar su consentimiento libre e informado».

Y por último la más moderna: “Resolución 2361 del Consejo de Europa (28 de enero de 2021), opinión consultiva: “la Asamblea insta a los Estados miembros y a la Unión Europea a: Artículo 731: Asegurar que los ciudadanos sean informados de que la vacunación no es obligatoria y que nadie está bajo presión política, social o de otro tipo para vacunarse, si no desea hacerlo personalmente… Artículo 732: Asegurar que nadie sea discriminado por no estar vacunado, por un riesgo potencial para la salud o por no querer vacunarse.

Creemos que es suficiente información de la actualidad y la historia para evitar tirar por la borda los avances científicos, éticos y humanos que rodean la salud y el derecho a la misma.  Advertimos que quienes quieren hacerlo no se diferencian mucho de aquellos que quieren, a pesar de las leyes que debieran asegurar las garantías frente al estado, (estado que en una cantidad de caso hace omisión de ellas como son los casos de gatillo fácil) levantar  impunemente que hay que matar a todos los “negros”. De la misma manera parece que un sector social, aterrado por el virus, es capaz de, a pesar de toda esta información estigmatizar y perseguir a quienes pueden y deben hacer uso de sus derechos.

Todo un tema para el debate. Pero mientras se hace no debemos aceptar ninguna restricción al respecto.